Artículo 1602 del Código Civil de Guanajuato
Libro tercero. De las obligaciones · Primera Parte. De las obligaciones en general · Título Cuarto. Efectos de las obligaciones I. Efectos de las Obligaciones entre las Partes Cumplimiento de las obligaciones · Capítulo I. Consecuencias del incumplimiento de las obligaciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
Los daños y perjuicios deben ser consecuencia inmediata y directa de la falta de cumplimiento de la obligación, ya sea que se hayan causado o que necesariamente deban causarse.