Artículo 2144 del Código Civil de Guanajuato
Libro tercero · Segunda Parte. De las diversas especies de contrato · Título Décimo. Del contrato de prestación de servicios · Capítulo II. Del contrato de obra
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
Si la obra se convino por presupuesto aprobado por el dueño y el empresario, a medida que se ejecuten las partes que comprenden cada partida de dicho presupuesto, tendrá derecho el contratista a cobrar su precio, salvo convenio en contrario.