Artículo 121 del Código Penal de Guanajuato
Libro primero · Parte general · Título quinto. De la extinción de la responsabilidad · Capítulo VII. Prescripción
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 14 de mayo de 2026
La prescripción de la acción penal se interrumpe cuando la persona acusada es detenida o queda sujeta a proceso.