Artículo 90 del Código Penal de Guanajuato
Libro primero · Parte general · Título tercero. De las consecuencias jurídicas del delito · Capítulo X. Tratamiento de inimputables
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 14 de mayo de 2026
El tratamiento de inimputables consistirá en:
I.Internación en el establecimiento especial público o privado que se juzgue adecuado para la rehabilitación del inimputable; o
II.Rehabilitación bajo la custodia familiar.
Su duración no excederá del máximo de la punibilidad señalada al tipo penal correspondiente, pero cesará por resolución judicial al demostrarse incidentalmente la ausencia de peligrosidad del sujeto.