Artículo 1674 del Código Civil de Guerrero
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo primero. De las fuentes de las obligaciones · Capítulo II. De la declaración unilateral de la voluntad Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
Toda persona capaz podrá obligarse por su sola declaración unilateral de voluntad, siempre que se trate de una obligación lícita y posible.