Artículo 1937 del Código Civil de Guerrero
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo sexto. EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES I. Efectos de las obligaciones entre las partes. Del cumplimiento de las obligaciones · Capítulo I. Del pago
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
El pago hecho a un tercero no autorizado será válido, en cuanto se hubiera convertido en utilidad del acreedor.
El pago hecho de buena fe al que estuviere en posesión del crédito, liberará al deudor.