Artículo 2117 del Código Civil de Guerrero
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo septimo. De la extinción de las obligaciones · Capítulo VII. De la prescripción
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
La renuncia de la prescripción será expresa o tácita, siendo esta última la que resulte de un hecho que importa el reconocimiento de la subsistencia de la obligación.