Artículo 220 del Código Penal de Guerrero
Allanamiento de despacho, oficina o establecimiento mercantil
Libro Segundo. Parte Especial · Título Décimo Primero. Delitos contra la paz de las personas y la inviolabilidad del domicilio · Capítulo II. Allanamiento
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 22 de mayo de 2026
A quien sin causa justificada se introduzca al domicilio de una persona jurídica pública o privada, despacho profesional, establecimiento mercantil o local abierto al público fuera del horario laboral correspondiente, se le impondrá la pena señalada en el artículo anterior.
Los delitos previstos en este capítulo se perseguirán por querella.