Artículo 273 del Código Penal de Guerrero
Autorizaciones irregulares sobre uso y cambio de suelo
Libro Segundo. Parte Especial · Título Décimo Sexto. Delitos por hechos de corrupción · Capítulo III. Desempeño irregular de la función pública (REFORMADO, P.O. No. 57 ALCANCE VI, DE FECHA MARTES 18 DE JULIO DE 2017)
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 22 de mayo de 2026
A los servidores públicos estatales o municipales, así como aquellas personas físicas o morales representados por sus titulares, que por acción u omisión y conociendo de la preexistencia de riesgo o riesgo inminente, incumplan, permitan, otorguen, autoricen, expidan permisos, licencias o concesiones de uso o cambio de suelo, en cauces, barrancas, laderas inestables, fallas geológicas, zonas vulnerables, áreas altamente deforestadas, lugares inundables o en humedales e incluso en zonas de alto riesgo para construir, edificar, realizar obras de infraestructura o de asentamientos humanos, que expongan a la población a condición de encadenamiento de desastres y aquéllos que por su naturaleza impliquen impactos sobre el cambio climático, que no cuenten con expedientes oficiales técnicos, dictámenes especializados por expertos en la materia y del dictamen definitivo con su correspondiente análisis de riesgo expedido por las autoridades competentes quienes legalmente están autorizadas para ello, se les sancionará con una pena de seis a doce años de prisión y multa de quinientas a mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.