Artículo 1900 Bis del Código Civil de Hidalgo
Libro cuarto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo primero. Fuentes de las obligaciones · Capitulo V. De las obligaciones que nacen de los actos ilícitos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 22 de agosto de 2025
La obligación de reparar el daño moral, será exigible t a n t o e n responsabilidad civil contractual como extracontractual, así como en responsabilidad objetiva, y será independiente de que se hubiere causado daño material y de la reparación que por el mismo procediera.