Artículo 2088 del Código Civil de Hidalgo
Libro cuarto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo cuarto. EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES I.- Efectos de las obligaciones entre las partes CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES · Capitulo I. Consecuencias del incumplimiento de las obligaciones · Incumplimiento de las obligaciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 22 de agosto de 2025
La responsabilidad procedente de dolo es exigible en todas las obligaciones. La renuncia de hacerla efectiva es nula.