Artículo 2153 del Código Civil de Hidalgo
Libro cuarto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo cuarto. EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES I.- Efectos de las obligaciones entre las partes CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES · Capitulo I. De los actos celebrados en fraude de los acreedores
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 22 de agosto de 2025
Si el deudor no hubiere renunciado derechos irrevocablemente adquiridos, sino facultades por cuyo ejercicio pudiere mejorar el estado de su fortuna, los acreedores pueden hacer revocar esa renuncia y usar de las facultades renunciadas.