Artículo 262 del Código Penal de Hidalgo
Libro segundo · Titulo décimo segundo. Delitos contra la fe publica · Capitulo I. Falsificación y uso indebido de sellos, marcas, llaves, contraseñas y otros objetos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 6 de agosto de 2026
Se impondrá prisión de uno a cinco años y de 20 a 150 días multa, al que con el fin de obtener un beneficio indebido o para causar daño, falsifique, use, altere, enajene o haga desaparecer cualquier clase de sellos, marcas, llaves, estampillas, boletos, contraseñas, troqueles o cuños oficiales.