Artículo 266 del Código Penal de Hidalgo
Libro segundo · Titulo décimo segundo. Delitos contra la fe publica · Capitulo III. Usurpación de profesiones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 6 de agosto de 2026
Al que ejerza los actos propios de una profesión sin tener título o autorización legal y se ostente como profesional de la materia, se le impondrá de seis meses a cinco años de prisión y de 20 a 200 días multa.