Artículo 361 del Código Penal de Hidalgo
Libro segundo · Título vigésimo primero. De los delitos cometidos por los fraccionadores
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 6 de agosto de 2026
La misma pena establecida en el Artículo anterior se aplicará al o los terceros que enajenen, prometan hacerlo o comercialicen lotes que hayan sido fraccionados, divididos o prometan hacerlo en un futuro sin que para ello cuenten con la autorización por escrito del legítimo propietario debidamente protocolizada ante Notario Público y de la Autoridad Administrativa competente para ello, o teniendo esta no se ajusten a los términos y condiciones en las que le fue otorgada.