Artículo 360 del Código Penal de Hidalgo
Libro segundo · Título vigésimo primero. De los delitos cometidos por los fraccionadores
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 6 de agosto de 2026
A quien fraccione o divida en lotes un bien inmueble o porción de este, lo transfiera o prometa transferir la propiedad, la posesión o cualquier derecho, sin que cuente con la debida autorización por escrito de la Autoridad Administrativa competente para ello o aún contando con esta no se ajuste en sus términos, se le impondrá de cinco a doce años de prisión y quinientos a mil días de multa procediendo al decomiso del bien inmueble materia del delito.