Artículo 154 del Código Penal de Quintana Roo
Libro segundo · Parte especial · Titulo sexto. Delitos Contra el Patrimonio · Capitulo V. Fraude
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Se impondrá de seis meses a diez años de prisión y hasta quinientos días multa, al que, causando daño o perjuicio, transfiera o prometa transferir la propiedad, la posesión o cualquier otro derecho sobre un bien inmueble, sus instalaciones o parte de él, careciendo del previo permiso de la autoridad administrativa correspondiente, o cuando teniéndolo no cumpla con los requisitos.