Artículo 18 Nonies del Código Penal de Quintana Roo
Libro primero · Titulo segundo. El Hecho Punible · Capítulo IV. Responsabilidad de las Personas Jurídicas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Para los efectos de lo previsto por este Código, a las personas jurídicas podrá imponérseles alguna o varias de las penas o medidas de seguridad, cuando hayan sido declaradas responsables penalmente respecto de alguno o algunos de los siguientes delitos:
I.Homicidio, previsto por el artículo 86 y el 89 en relación con las fracciones II, III y IV del artículo 106.
II.Lesiones, previsto por los artículos 99 y 100 así como el 103 en relación con las fracciones II, III y IV del artículo 106.
III.Privación de la libertad personal, previsto por el 114 y 115.
IV.Robo, previsto por los artículos 142, 143, 145, 145 –TER, y 146-TER;
V.Abuso de confianza, previsto por los artículos 150 y 151;
VI.Fraude, previsto por los artículos 152, 153 y 154;
VII.Administración fraudulenta, previsto por el artículo 155;
VIII.Derogada.
Fracción reformada POE 05-10-2023. Derogada POE 10-12-2025
IX.Usura, previsto por el artículo 157;
X.Despojo, previsto por los artículos 158 y 159;
XI.Daños, previsto por los artículos 161 y 162;
XII.Peligro de devastación, previsto por el artículo 178;
XIII.Delito contra el ambiente y la fauna, previsto por los artículos 179, 179 Quáter, 179 Quinquies, 179 Sexies;
Fracción reformada POE 13-09-2019
XIV.Falsificación de documentos y uso de documentos falsos, previsto por el artículo 189.
XV.Corrupción de personas menores de edad o de quienes no tienen capacidad para comprender el significado del hecho, previsto por el artículo 191;
XVI.Uso Ilícito de atribuciones y facultades del servicio público, previsto en el artículo 207 Bis;
XVII.Promoción de conductas ilícitas, previsto por el artículo 210;
XVIII.Cohecho, previsto por el artículo 211;
XIX.Distracción de recursos públicos, previsto por el artículo 212;
XX.Desobediencia y resistencia de particulares, previsto por el artículo 213;
XXI.Quebrantamiento de sellos, previsto por el artículo 218;
XXII.Fraude procesal, previsto por el artículo 221;
XXIII.Delitos contra la riqueza forestal del Estado, previsto por el artículo 236;
XXIV.Cohecho, previsto por el artículo 255;
XXV.Delitos contra el desarrollo urbano, previsto por los artículos 268 y 269 Bis segundo párrafo;
Fracción reformada POE 13-09-2019
XXVI.Delitos de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
Fracción reformado POE 03-11-2023
XXVII.En los demás casos expresamente previstos en la legislación aplicable.
Fracción adicionada POE 03-11-2023
Artículo adicionado POE 19-07-2017