Artículo 218 del Código Penal de Quintana Roo
Libro segundo · Parte especial · Titulo tercero. Delitos Contra la Administración Pública · Capitulo III. Quebrantamiento de Sellos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Al que quebrante los sellos puestos por orden de la autoridad pública competente, se le impondrá prisión de seis meses a dos años y de veinte a sesenta días multa.