Artículo 1200 del Código Civil de Jalisco
LIBRO TERCERO. De los bienes, su propiedad y sus diferentes manifestaciones · TÍTULO DECIMO. De las servidumbres · CAPÍTULO VIII. Derechos y obligaciones de los propietarios de los predios entre los que está constituida alguna servidumbre voluntaria
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 18 de junio de 2026
Si el dueño del predio sirviente se hubiere obligado en el título constitutivo de la servidumbre a hacer alguna cosa o a costear alguna obra, se librará de esta obligación cediendo su predio al dueño del dominante.