Artículo 1660 del Código Civil de Jalisco
LIBRO CUARTO. De las obligaciones · PRIMERA PARTE. De las obligaciones en general · TÍTULO CUARTO. Efectos de las obligaciones · CAPÍTULO I. Efectos de las obligaciones entre las partes · Sección Cuarta. De la evicción y saneamiento
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 18 de junio de 2026
La calificación de los vicios del bien enajenado se hará por peritos nombrados por las partes, y por un tercero que elegirá el juez en caso de discordia.