Artículo 1623 del Código Civil de Tlaxcala
Libro cuarto. De las obligaciones · Titulo octavo. De la transmision de los derechos de credito y de los derechos reales · Capitulo V. Del saneamiento · Seccion segunda. De los defectos ocultos del bien enajenado
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
La calificación de los vicios del bien enajenado se hará por peritos nombrados por las partes, y por un tercero que elegirá el Juez en caso de discordia.