Artículo 2220 del Código Civil de Jalisco
LIBRO QUINTO. De las diversas especies de contratos · TÍTULO NOVENO. Del mandato · CAPÍTULO II. De las obligaciones del mandatario con respecto al mandante
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 18 de junio de 2026
En las operaciones hechas por el mandatario, con violación o en exceso del encargo recibido, además de la indemnización a favor del mandante, de daños y perjuicios, quedará a opción de éste, ratificarlas o dejarlas a cargo del mandatario.