Artículo 2510 del Código Civil de Jalisco
LIBRO QUINTO. De las diversas especies de contratos · TÍTULO DECIMOCUARTO. De la prenda · CAPÍTULO V. De la extinción de la prenda
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 18 de junio de 2026
Si el producto de la venta excede a la deuda, se entregará el exceso al deudor; pero si el precio no cumple todo el crédito, tiene derecho el acreedor de demandar al deudor por lo que falte.