Artículo 147 del Código Civil de Michoacán
Libro tercero. De los bienes · Título cuarto. De la propiedad · Capítulo II. De la apropiación de los animales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo el 27 de abril de 2026
El mismo derecho tienen respecto a las aves domésticas en los campos en que hubieren tierras sembradas de cereales u otros frutos pendientes, a los que pudieran perjudicar aquellas aves.