Código Civil de Michoacán
Código Civil de Michoacán

Libro tercero Título primero. Disposiciones preliminares

Arts. 31–333 artículosTexto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo el 27 de abril de 2026

Artículo 31

Pueden ser objeto de apropiación todas las cosas que no están fuera del comercio.

Artículo 32

Las cosas pueden estar fuera del comercio por su naturaleza o por disposición de la ley.

Artículo 33

Están fuera del comercio por su naturaleza las que no pueden ser poseídas por algún individuo exclusivamente; y por disposición de la ley, las que ella declara irreductibles a propiedad particular.

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