Artículo 5 del Código Civil de Michoacán
Libro primero · Título único. Disposiciones preliminares
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo el 27 de abril de 2026
Nadie puede ser privado de sus derechos civiles, sino en los casos previstos por la ley y con los requisitos que ésta señala.