Artículo 106 del Código Penal de Michoacán
Prescripción y concurso de delitos
Libro primero · Parte general · Título quinto. Extinción de la acción penal y de las consecuencias jurídicas del delito · Capítulo X. Prescripción
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo el 18 de agosto de 2026
En los casos de concurso de delitos, las acciones penales que de ellos resulten, prescribirán cuando prescriba la del delito que merezca pena mayor.