Artículo 147 del Código Penal de Michoacán
Disposición ilícita de óvulos o esperma
Libro segundo · Parte especial · Título segundo. Delitos contra la libertad reproductiva · Capítulo I. Procreación asistida e inseminación artificial
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo el 18 de agosto de 2026
A quien disponga de óvulos o esperma para fines distintos a los autorizados por sus donantes, se le impondrá de dos a cinco años de prisión y de cincuenta a cuatrocientos días multa.