Artículo 1461 del Código Civil de Morelos
RESPONSABILIDAD DEL CEDENTE SOBRE CREDITO CEDIDO DE MANERA ALZADA O GLOBAL
Libro quinto. De las obligaciones · Titulo tercero. De la transmision de las obligaciones · Capitulo I. De la transmision de los derechos reales personales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
El que cede alzadamente o en forma global la totalidad de ciertos derechos, cumple con responder de la legitimidad del todo en general, pero no está obligado al saneamiento de cada una de las partes, salvo en el caso de evicción del todo o de la mayor parte.