Artículo 1483 del Código Civil de Morelos
PERSONAS A QUIENES DEBE HACERSE EL PAGO
Libro quinto. De las obligaciones · Titulo cuarto. Efectos de las obligaciones entre las partes cumplimiento de las obligaciones · Capitulo I. Del pago
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
El pago debe hacerse al mismo acreedor o a su representante legítimo.