Artículo 1535 del Código Civil de Morelos
PRIVACION PARCIAL DEL ADQUIRENTE POR EVICCION
Libro quinto. De las obligaciones · Titulo cuarto. Efectos de las obligaciones entre las partes cumplimiento de las obligaciones · Capitulo IV. De la eviccion saneamiento
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
Cuando el adquirente sólo fuere privado por la evicción, de una parte del bien adquirido, se observarán respecto de éste las reglas establecidas en este Capítulo, a no ser que el adquirente prefiera la rescisión del contrato.