Artículo 1648 del Código Civil de Morelos
EFECTOS DE LA DACION EN PAGO
Libro quinto. De las obligaciones · Titulo quinto. De la extincion de las obligaciones · Capitulo V. De la dacion en pago
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
Por virtud de la dación en pago, la obligación queda extinguida, pero si el acreedor sufre evicción respecto al nuevo bien que reciba, renacerá la obligación primitiva, quedando sin efecto la dación.