Artículo 1708 del Código Civil de Morelos
PRESCRIPCION DE LAS PRETENSIONES DE RESCISION CONTRACTUAL
Libro sexto. De los contratos disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
Las pretensiones de rescisión prescriben en el término de dos años, salvo que lo contrario resulte de disposición expresa de la Ley, o de la naturaleza del contrato o causa de rescisión.