Artículo 2014 del Código Civil de Morelos
SANCIONES EN CASO DE EXCESO O VIOLACION POR EL MANDATARIO
Libro sexto. De los contratos disposiciones generales · Titulo noveno. Del mandato · Capitulo II. De las obligaciones del mandatario con respecto al mandante
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
En las operaciones hechas por el mandatario, con violación o con exceso del encargo recibido deberá indemnizar al mandante por los daños y perjuicios que le ocasione y quedará a opción de éste, ratificarlas o dejarlas a cargo del mandatario. Igualmente es responsable el mandatario por los daños y perjuicios que cause al tercero con quien contrató, si éste ignoraba que el mandatario excedía los límites del mandato.