Artículo 2304 del Código Civil de Morelos
PROMESA DE PRENDA
Libro sexto. De los contratos disposiciones generales · Titulo decimo septimo. De la prenda · Capitulo I. Generalidades
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
Si alguno hubiere prometido dar cierta cosa en prenda y no la hubiere entregado, sea con culpa suya o sin ella, el acreedor puede pedir que se le entregue la cosa, que se dé por vencido el plazo de la obligación o que ésta se rescinda.
En el caso del párrafo anterior, el acreedor no podrá pedir que se le entregue la cosa, si ha pasado a poder de un tercero de buena fe.