CCMOR · Art. 256-C

Artículo 256-C del Código Civil de Morelos

Derogado

Libro segundo. De las personas · Titulo cuarto. De la relacion de los ascendientes con los hijos · Capitulo VII. DE LA ADOPCION INTERNACIONAL NOTA: REFORMA VIGENTE.- Derogado por Artículo Quinto Transitorio del Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” No. 4481 Sección Segunda de 2006/09/06. Vigencia 2006/10/01. REFORMA SIN VIGENCIA: Se adiciona el presente capitulo por decreto numero 1046 publicado en el POEM 4276 tercera sección de fecha 2003/09/03

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026

Derogado

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Última reforma
(Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • NOTAS REFORMA VIGENTE.- Derogado por Artículo Quinto Transitorio del Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” No. 4481 Sección Segunda de 2006/09/06. Vigencia 2006/10/01. Antes decía: INTERVENCIÓN DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA.- Las adopciones internacionales promovidas por los ciudadanos originarios de los países que son parte de la Convención sobre Protección de Menores y Cooperación en Materia de Adopción Internacional, tendrán lugar cuando el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Morelos, en su carácter de autoridad central, verifique y determine: I. Que el menor es adoptable; II. Que después de haber examinado adecuadamente las posibilidades de colocación del menor, se vea que la adopción es una alternativa viable, segura para su formación integral y responde al interés superior del menor; III. Que las personas, instituciones y autoridades, cuyo consentimiento se requiera para la adopción, han sido técnicamente asesoradas por personal especializado y debidamente informadas de las consecuencias de su consentimiento, el cual debe otorgarse libremente, sin que medie pago o compensación de clase alguna y constar por escrito; y IV. Que las autoridades centrales del estado de origen de los solicitantes, acrediten que han constatado que los futuros padres adoptivos reúnen el perfil y características idóneas, están aptos para adoptar, y que el menor ha sido o será autorizado para entrar y residir permanentemente en ese país. REFORMA SIN VIGENCIA: Se adiciona el presente artículo por Decreto número 1046 publicado en el POEM 4276 tercera sección de fecha 2003/09/03.

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • 65 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ARTICULO' / '12.-') se leen como uno.
  • 8 encabezados (capítulo, título…) llevan un asterisco de reforma en la fuente; se omite.
  • 986 bloques 'NOTAS:' de la Consejería Jurídica (reforma vigente, reformas sin vigencia y 'Antes decía') se publican literales en nota_reforma del artículo al que siguen.
  • 1614 artículos abren con un rubro en mayúsculas ('AMBITO ESPACIAL DE APLICACION.'): se publica como epígrafe, sin el punto final.
  • acceso no directo: vercel-sandbox
  • Texto tomado del PDF oficial de la Consejería Jurídica; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (tabla de aprobación y publicación, nombre del código, Consejería Jurídica, 'Última Reforma' y 'N de M').
  • El asterisco que la fuente pone antes del número de los artículos reformados ('ARTÍCULO *106.-') es una marca editorial: se publica el número sin él.
  • Rótulos con erratas en la fuente ('ARTCULO 54.-', 'ARRTICULO 2388.-', 'ARTICULO.1035.-', 'ARTICULO 2351.' sin guion, 'ARTÍCULO *1365' sin punto) se leen como rótulos.
  • El encabezado de página del PDF dice 'Última Reforma: Texto Original', pero las OBSERVACIONES GENERALES y las notas registran reformas hasta el Decreto No. 1129 (POEM 6558, 2026/05/13); la fecha de última reforma sale de esas observaciones.

Transitorios (5 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 256-C, Código Civil de Morelos (Morelos). Texto vigente, última reforma 13 may 2026. https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/articulo-256-c/

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