Artículo 1368 del Código Civil de Nayarit
Libro tercero. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo segundo. Modalidades de las obligaciones · Capitulo IV. De las obligaciones mancomunadas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit el 17 de diciembre de 2025
El deudor solidario sólo podrá utilizar contras las reclamaciones del acreedor, las excepciones que se deriven de la naturaleza de la obligación y las que le sean personales.