Artículo 1820-F del Código Civil de Nayarit
Libro tercero. De las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contratos · Titulo sexto. Del arrendamiento · Capitulo IV. Del arrendamiento de fincas urbanas destinadas para habitación
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit el 17 de diciembre de 2025
Para los efectos de este Capítulo, el Contrato de Arrendamiento debe otorgarse por escrito; la falta de esta formalidad se imputará al arrendador.
El Contrato deberá contener, cuando menos las siguientes estipulaciones:
I.- Nombre del arrendador y arrendatario;
II.- La ubicación del inmueble;
III.- La descripción detallada del inmueble objeto del Contrato y de las instalaciones y accesorios con que cuenta para el uso y goce del mismo, así como el estado que guardan;
IV.- Del monto de la renta;
V.- La garantía, en su caso;
VI.- La mención expresa del destino habitacional del inmueble arrendado; y,
VII.- El término del Contrato.