Artículo 2472 del Código Civil de Nayarit
Libro cuarto. De las sucesiones · Titulo segundo. De la sucesión por testamento · Capitulo III. De la capacidad de heredar
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit el 17 de diciembre de 2025
El que hereda en lugar del excluido, tendrá las mismas cargas y condiciones que legalmente se habían puesto a aquél.