Artículo 812 del Código Civil de Coahuila
Libro tercero. Del derecho hereditario · Título segundo. De la sucesión por testamento · Capítulo III. De la capacidad para heredar
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
El que hereda en lugar del excluido, tendrá las mismas cargas y condiciones que legalmente se hubieran puesto a aquél.