Artículo 2785 del Código Civil de Nayarit
Libro cuarto. De las sucesiones · Titulo quinto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legítima · Capitulo III. De la aceptación y de la repudiación de la herencia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit el 17 de diciembre de 2025
El heredero puede revocar la aceptación o la repudiación cuando por un testamento desconocido, al tiempo de hacerlo, se altera la cantidad o calidad de la herencia.