Artículo 286 del Código Civil de Nayarit
Libro primero. De las personas · Titulo sexto. Del parentesco, de los alimentos y prevención de la violencia familiar · Capitulo I. Del parentesco
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit el 17 de diciembre de 2025
El parentesco de consanguinidad es el que existe entre personas que descienden de un mismo progenitor.
(ADICIONADO, P.O. 8 DE JUNIO DE 2011)
En el caso de adopción, el parentesco generado por este acto es igual al de consanguinidad para todos los efectos jurídicos.