Artículo 711 del Código Civil de Nayarit
Libro primero. De las personas · Titulo duocecimo. Del patrimonio de la familia · Capitulo unico
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit el 17 de diciembre de 2025
Son objeto del patrimonio de la familia:
I.- La casa habitación de la familia;
II.- La parcela cultivable;
III.- Bienes muebles; y
IV.- Los semovientes.
Los bienes que se destinen a ese fin específico deberán cumplir el objetivo de satisfacer las necesidades mínimas de subsistencia y desarrollo de los integrantes del núcleo familiar.