Artículo 97 del Código Penal de Nayarit
Libro primero · Parte general · Título quinto. Aplicación de sanciones · Capítulo II. Aplicación de sanciones a los delitos culposos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit el 6 de marzo de 2026
Será responsable a título de culpa, el propietario o responsable de la conducción de semovientes por los delitos que resulten.
Para la imposición de la sanción se estará a lo dispuesto por el artículo 96 párrafo primero de este Código.