Artículo 1169 del Código Civil de Nuevo León
DISPOSICIONES PRELIMINARES · TITULO SEPTIMO. DE LA PRESCRIPCIÓN · CAPITULO V. DE LA INTERRUPCION DE LA PRESCRIPCION
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León el 26 de junio de 2026
La interrupción de la prescripción contra el deudor principal produce los mismos efectos contra su fiador.