Artículo 1406 del Código Civil de Puebla
Libro tercero bienes · Capítulo XV. Usucapión
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Posesión pública es:
I.La que se disfruta de manera que pueda ser conocida de quienes tengan interés en interrumpirla; o,
II.La posesión que se deriva de un justo título inscrito en el Registro Público de la Propiedad.