Artículo 1798 del Código Civil de Puebla
Libro cuarto. Obligaciones · Capítulo XIV. Cumplimiento de las obligaciones · Sección primera. Reglas generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Puede hacer el pago un extraño a la obligación ignorándolo el deudor o contra la voluntad de éste.