Artículo 1905 del Código Civil de Puebla
Libro cuarto. Obligaciones · Capítulo XVII. Prescripción
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Salvo que la ley disponga en otro sentido para que el deudor adquiera el derecho de oponer la prescripción en juicio, se necesita el lapso de tres años.