Artículo 21 del Código Civil de Puebla
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Los bienes inmuebles sitos en el territorio del Estado de Puebla, y los muebles que en él se encuentren, se regirán por las leyes de este Estado, aun cuando los dueños no sean poblanos ni residan en el mismo.